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Aprobado en primer debate el proyecto ley que busca prohibir prácticas de entretenimiento cruel

En tres años entraría a regir la prohibición. Durante este período estas prácticas estarían condicionadas al no maltrato ni la matanza de los animales.



El proyecto de ley 085 de 2022 pasa a segundo debate con dos modificaciones. La primera es la exclusión de las corralejas (proposición votada por siete senadores), de modo que la prohibición avanzaría sobre corridas de toros, novilladas, becerradas, tientas, rejoneo y peleas de gallos.


La segunda, el aumento de dos a tres años de transición para la prohibición. Sin embargo, en este lapso las prácticas tendrían que obedecer a medidas como: la prohibición de lastimar a los animales de cualquier manera o de matarlos, la prohibición de permitir el ingreso de menores de edad, la prohibición de vender o consumir alcohol, la prohibición de usar recursos públicos con cualquier propósito, y la orden a los organizadores de pagar los impuestos antes del espectáculo. Además, le asignaría la responsabilidad al alcalde de autorizar o negar la actividad, y la responsabilidad disciplinaria por autorizarla sin el cumplimiento de alguna de estas condiciones.


El proyecto, además, establece un régimen de sanciones ante el incumplimiento de alguna de las prohibiciones y prohibiría la realización de cualquier otro espectáculo cruel con animales (p.ej., “carreras de gatos” o “concurso de marrano enjabonado”). Finalmente, los senadores estuvieron de acuerdo en incluir un artículo para que se imparta una cátedra de protección animal en los colegios públicos del país.


Ahora, el proyecto pasa a la plenaria del Senado con el apoyo del gobierno, a través de los ministerios de Comercio, Cultura y del Interior. Este es uno de los puntos con los que se comprometió el Presidente Gustavo Petro en el “Pacto Animalista” suscrito con la senadora Andrea Padilla, autora de la iniciativa de ley

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