Con el fin de generar mayor oferta de cicloparqueaderos que brinden condiciones de calidad para los ciclistas, la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) y la Secretaría Distrital de Gobierno (SDG), reglamentaron a través de la resolución 001 de 2021, los parámetros bajo los cuales los parqueaderos fuera de vía que ofrezcan el servicio de cicloparqueadero, gratuito y de alta calidad, podrán cobrar la tarifa máxima establecida para vehículos motorizados.
Los parqueaderos que voluntariamente decidan acceder al beneficio, deberán cumplir con las siguientes condiciones:
- Contar con el ‘Sello de Calidad Oro’ a cicloparqueaderos otorgado por la SDM.
- Ofertar de manera gratuita el servicio de estacionamiento para el 100% de los cupos destinados para bicicletas.
- Contar con una póliza de de responsabilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Acuerdo Distrital 794 de 2021.
- Expedir a todos los usuarios que accedan al servicio de estacionamiento, incluyendo a los ciclistas, la factura con los datos de la póliza extracontractual.
- Inscribir y reportar la información solicitada en el Registro Distrital de Estacionamientos (RDE), la cual deberá ser validada por la Alcaldía Local respectiva.
- Cumplir los demás requisitos establecidos por la Ley 1801 de 2016.
Para acceder al ‘Sello de Calidad Oro’ de cicloparqueaderos, los establecimientos deberán adoptar buenas prácticas en la promoción del transporte no motorizado, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
Cumplir con la cantidad de cupos para el parqueo de bicicletas (duplicar al menos el número mínimo de cupos requeridos por la norma: 20% del total de estacionamientos para vehículos o 24 cupos para bicicletas en caso de tener menos de 120 cupos de estacionamientos para vehículos).
Tener condiciones físico - espaciales adecuadas
Tener mobiliario adecuado
Ofrecer servicios complementarios
Ofrecer accesibilidad para cualquier tipo de ciclista
Tener señalización y demarcación en el lugar
Cumplir con la normatividad vigente
De esta forma, los parqueaderos fuera de vía podrán solicitar autorización a la Administración Distrital para cobrar la tarifa máxima establecida a los automóviles, camperos, camionetas, vehículos pesados y motocicletas. Es de aclarar que el beneficio otorgado a los establecimientos, contará con seguimiento por parte de la autoridades de policía, la Secretaría de Gobierno y las Alcaldías Locales para establecer el cumplimiento de los requisitos, por cual, en el momento en que se evidencie algún incumplimiento a los requisitos establecidos, el beneficio podrá ser retirado.
Actualmente, Bogotá cuenta con 18.886 cupos de cicloparqueaderos certificados con ‘Sellos de Calidad’ de la SDM ubicados en 191 establecimientos, entre entidades públicas, empresas privadas, centros comerciales, universidad, estaciones de Transmilenio y parqueaderos fuera de vía. De estos establecimientos, 127 han recibido el ‘Sello de Calidad Oro’ y 64 el ‘Sello de Calidad Plata’.
¿Cuál es la importancia de los cicloparqueaderos?
Estructurar una red de cicloparqueaderos en la ciudad es un componente fundamental para incentivar el uso de la bicicleta en los ciudadanos.
En muchos casos, no tener un cicloparqueadero disponible se convierte en un obstáculo para desplazarse en bicicleta ya sea al estudio, trabajo, para realizar diligencias o para conectar con el Sistema de Transporte Público.
Es así como tener un espacio seguro, cómodo, accesible y fácil de usar para estacionar la bicicleta es altamente valorado por quienes se movilizan en este medio de transporte sostenible.
Registro Distrital de Estacionamientos
A la fecha, de acuerdo con la información reportada por las alcaldías locales, en Bogotá operan 2.691 estacionamientos fuera de vía cuyas tarifas por minuto dependen de la zona donde estén ubicados, del tipo de vehículos que se estacionan en ellos y de las características físicas del estacionamiento.
La tarifa máxima en Bogotá para un estacionamiento fuera de vía es de $110 por minuto para autos y de $77 por minuto para motocicletas, según el Decreto 461 de 2019 de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
El mismo Decreto 461 de 2019 establece en $10 por minuto la tarifa máxima del servicio de parqueadero para bicicletas en cualquier estacionamiento, en cualquier zona y nivel de servicio. Si los estacionamientos fuera de vía acceden al incentivo para el cobro de la tarifa máxima que establece la Resolución conjunta 001, el estacionamiento de bicicletas será gratuito para los ciclistas en dichos locales.
Los estacionamientos fuera de vía de la ciudad deben estar registrados en línea en el Registro Distrital de Estacionamientos (RDE) (https://registrodistritalestacionamientos.movilidadbogota.gov.co), que recopila toda la información sobre el servicio de estacionamiento en Bogotá y mejora los procesos de control por parte de las autoridades.
Adicionalmente brinda información a los ciudadanos sobre tarifas, ubicación, cupos, horarios de atención y servicios adicionales de los parqueaderos registrados.
La resolución conjunta 001 de 2021 de las secretarías de Movilidad y de Gobierno, que establece los incentivos por la oferta de estacionamientos gratuitos para bicicletas, cumple con lo dispuesto por el Concejo de Bogotá en el Acuerdo 794 de 2021 “Por el cual se establecen lineamientos para incentivar la oferta gratuita de estacionamiento de bicicletas y se dictan otras disposiciones”.
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